RECTIFICA DECRETO Nº 541, DE 2007
Santiago, 18 de diciembre de 2007.- Hoy se decretó lo que sigue: Núm. 891.- Vistos: Estos antecedentes, lo dispuesto en los artículos 32 Nº 6 y 35 de la Constitución Política de la República, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue aprobado a través del D.F.L. Nº 100, de 2005, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; en la ley Nº 18.575, de Bases Generales de la Administración del Estado; en los artículos 7º, 9º, 13, 14, 24 y 62 de la ley Nº 19.880, que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Organos de la Administración del Estado; en el artículo 2º letra r) del decreto ley Nº 3.346, de 1980, que fija el texto de la Ley Orgánica del Ministerio de Justicia; en el artículo 2º letra r) del decreto supremo de Justicia Nº 1.597, de 1980, que fija el Reglamento Orgánico del Ministerio de Justicia; en el artículo 2º de la ley Nº 8.828, de 1947; en el decreto supremo de Justicia Nº 4.862, de 1959; en el decreto supremo de Justicia Nº 541, de 30 de julio de 2007; la facultad conferida en el decreto supremo Nº 19, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, de fecha 22 de enero de 2001; el Ord. Nº 3 de la "Comisión de Códigos de la Editorial Jurídica de Chile", y en la resolución Nº 520, de 1996 y sus modificaciones posteriores, de la Contraloría General de la República,
Decreto: