MODIFICA ARTICULO 7º DEL DECRETO SUPREMO Nº 721, DE 1977, QUE COMPLEMENTA FACULTADES DELEGADAS EN LOS SECRETARIOS REGIONALES MINISTERIALES DE EDUCACION Núm. 722, Santiago, 24 de Enero de 1980.- Considerando: Las diversas medidas que ha adoptado esta Secretaría de Estado, tendientes a lograr una Administración Pública racional, moderna y funcional, en armonía con el desarrollo económico y social del país, y Visto:
Lo dispuesto en los decretos leyes Nºs. 1 y 128, de 1973; 527, de 1974; decretos supremos de Educación Nºs. 415, de 1976; 721, de 1977; 2.057, de 1979, y en el artículo 72, Nº 2, de la Constitución Política del Estado,
Decreto:
Artículo único.- Elimínase en el artículo 7º del decreto supremo de Educación Nº 721, de 29 de Septiembre de 1977, la frase final: "previa aprobación del proyecto correspondiente por el señor Subsecretario de Educación", sustituyendo la coma (,) por un punto final (.).