APRUEBA REGLAMENTO QUE REGULA CURSO DE CAPACITACIÓN A QUE SE REFIERE EL ARTÍCULO 2º DE LA LEY Nº 20.204 Núm. 232.- Santiago, 27 de diciembre de 2007.- Vistos: lo dispuesto en el artículo 2º de la ley Nº 20.204, lo indicado en el artículo 33º de la ley Nº 20.233 y teniendo presente las facultades que me confiere el artículo 32 Nº 6 de la Constitución Política de la República.
Considerando:
1) Que, es prioridad del Gobierno generar una sociedad más inclusiva. 2) Que, se hace necesario elevar la formación técnica y profesional de los trabajadores perceptores del ingreso mínimo mensual. 3) Que, a través de la capacitación se pretende entregar a los referidos trabajadores herramientas de empleabilidad que les permitan mejorar sus remuneraciones,
Decreto:
Apruébase el siguiente Reglamento que regula las condiciones para acceder al curso de capacitación a que se refiere el artículo 2º de la ley Nº 20.204: