RECTIFICA EN LA PARTE QUE INDICA EL DECRETO Nº 465 EXENTO, DE 2008
Núm. 584 exento.- Santiago, 6 de junio de 2008.- Vistos: Estos antecedentes, lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 4º del decreto ley Nº 2.186, de 1978, modificado por el artículo único de la ley Nº 18.932; el decreto supremo de Hacienda Nº 692, de 1978; el Nº 20 del numeral VI del artículo primero del decreto supremo del Ministerio Secretaría General de la Presidencia Nº 19, de 2001; la resolución Nº 520, de 1996, de la Contraloría General de la República, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la resolución Nº 55, de 1992, de esa Contraloría General; el oficio Ord. Nº 1.079, de 2 de mayo de 2008, del señor Intendente IX Región de la Araucanía,
Decreto:
Rectifícase el decreto supremo exento de Hacienda Nº 465, de 13 de mayo de 2008, publicado en el Diario Oficial de 29 de mayo de 2008, en el acápite Arquitectos, donde dice:
"Marcela Cecilia Covarrubias Bravo",
debe decir: "Marcela Cecilia Cobarrubias Bravo".