PRORROGA PARA EL AÑO 2008 VIGENCIA DEL DECRETO Nº 313, DE 1997, QUE ESTABLECIÓ FACTOR ADICIONAL DE INCREMENTO BASADO EN INDICADORES DE ESCOLARIDAD
Núm. 19.- Santiago, 7 de enero de 2008.- Vistos: El artículo 32 Nº 8 de la Constitución Política del Estado; la ley Nº20.232 sobre presupuesto del sector público para el año 2007; lo dispuesto en los artículos 32, 35, 36 y 37 del DFL 33 de 1979 del Ministerio de Relaciones Exteriores; los decretos Nºs. 313 de 1997, 1.354 de 1999, 3 de 2004 y 57 de 2007, todos de esta Secretaría de Estado, y la resolución Nº 520 de 1996, de la Contraloría General de la República,
Considerando: La necesidad de hacer operativo para el año 2008 el factor de escolaridad a que alude la glosa Nº 3 letra g) del Presupuesto de Gastos para la Secretaría y Administración General y Servicio Exterior de esta Secretaría de Estado,
Decreto: