DEROGA DECRETO Nº 188, DE 2007, Y CREA COMISIÓN ASESORA "DIRECTORIO DEL PROGRAMA RED DE ESTADIOS"
Núm. 103.- Santiago, 16 de junio de 2008.- Visto: Lo dispuesto por los artículos 1º, inciso cuarto, 32 Nº 6 y 35 de la Constitución Política de la República; los artículos 1º, 2º y 10 de la ley 19.712, denominada Ley del Deporte; ley 19.032; la ley 20.141 que aprueba el presupuesto del Sector Público para el año 2007, el Art. 1º, párrafo I, Nº 21 del DS 19 del 2001 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; en el decreto Nº 188 del Ministerio Secretaría General de Gobierno del 26 de diciembre de 2007; la resolución Nº 520, de 1996, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la resolución Nº 55, de 1992, ambas de la Contraloría General de la República, y
Considerando:
a) Que, por mandato constitucional y legal, es deber del Estado crear las condiciones necesarias para el ejercicio, fomento, protección y desarrollo de las actividades físicas y deportivas, estableciendo al efecto una política nacional del deporte orientada a la consecución de tales objetivos. b) Que, al efecto, el Estado debe promover las actividades anteriores a través de la prestación de servicios de fomento deportivo y de la asignación de recursos presupuestarios, distribuidos con criterios regionales y de equidad, de beneficio e impacto social directo, que faciliten el acceso de la población, especialmente niños, adultos mayores, discapacitados y jóvenes en edad escolar, a un mejor desarrollo físico y espiritual. c) Que, por mandato de S.E. la Presidenta de la República, la Comisión Red Estadios Bicentenario, presidida por el Sr. Ministro Secretario General de la Presidencia, evacuó un Informe que contempla un conjunto de criterios e iniciativas que permiten desarrollar la infraestructura deportiva en todo el país, en adelante denominado "Programa Red Estadios". d) Que, a los efectos de llevar a cabo las iniciativas contenidas en el citado Programa, se requiere conformar una comisión asesora cuya función principal sea proponer al Ministro Secretario General de Gobierno las medidas a adoptar para el cumplimiento del Programa, además de mantenerlo informado de su desarrollo e implementación,
Decreto:
Articulo 1
Artículo 1º: Créase una Comisión Asesora del Ministro Secretario General de Gobierno, con el nombre de "Directorio del Programa Red Estadios", que estará encargada de proponer las medidas a adoptar para el mejor cumplimiento de los objetivos del Programa, y mantenerle informado de su avance. En particular, serán funciones del Directorio las siguientes:
a) Proponer al Ministro Secretario General de Gobierno la adopción de medidas estratégicas referidas a la correcta ejecución del Programa. b) Asesorar al Ministro Secretario General de Gobierno en la coordinación de los recursos financieros y técnicos de los distintos organismos involucrados en la consecución del Programa. c) Proponer al Ministro Secretario General de Gobierno los planes de acción anuales y los presupuestos del Programa Red Estadios;
Articulo 2
Artículo 2º: El Directorio del Programa estará integrado por las siguientes personas:
- El Subsecretario de Deportes - La Directora de Arquitectura del Ministerio de Obras Públicas - Un representante de la Presidenta de la República - Un representante del Ministro Secretario General de Gobierno. - Un representante de la Asociación Nacional de Fútbol Profesional (ANFP) - Un representante del Comité Olímpico de Chile (COCH).
Los miembros del Directorio desempeñarán sus funciones ad honorem.