APLICA DISPOSICIONES DEL DECRETO LEY N° 77, A LAS ENTIDADES QUE INDICA
Santiago, 19 de Agosto de 1974.- El Jefe Supremo de la Nación decretó hoy lo que sigue:
Núm. 1.383.- Teniendo presente:
1.- Que el Club Radical de La Serena constituyo durante el Gobierno marxista la sede y secretaría política del ex Partido Radical.
2.- Que el Club Radical Obrero de Coquimbo realizaba proselitismo político y estaba a cargo del ex Partido Radical.
3.- Que el Club Radical de Andacollo Eugenio Medina Fernández se ocupaba como sede política del ex Partido Radical y otras colectividades marxistas.
4.- Que el Club Radical de Vicuña y el Centro Radical Intelectual y Social Enrique Mac Iver, ambos del departamento de Elqui, funcionaron bajo la tuición del ex Partido Radical, sirviendo los intereses del Gobierno marxista y realizando activo proselitismo político.
5.- Que el Club Radical de Ovalle y el Centro de Propaganda Radical Enrique Mac Iver sirvieron para reuniones políticas que efectuaba el ex Partido Radical.
6.- Que el Club Social Radical de Illapel sirvió de sede a todos los adictos de la Unidad Popular, frecuentando dicho local todos los militantes marxistas.
7.- Que el Club Radical de Combarbalá funcionó bajo la tuición del ex Partido Radical, siendo sus fines y la conducta de sus adherentes sustancialmente coincidentes con los principios y objetivos de la doctrina marxista.
8.- Que por decreto exento N° 159, del Ministerio del Interior, publicado en extracto en el Diario Oficial de 10 de Julio de 1974, se declaró que presuntivamente los mencionados Clubes Radicales, se encontraban en la situación prevista en el artículo 1° del decreto ley N° 77 y ninguno de ellos ha formulado descargos dentro del alazo que concede el artículo 2° del decreto supremo N° 1.726, de 3 de Diciembre de 1973, del Ministerio del Interior.
9.- Que se ha comprobado que dichos clubes están controlados por el Partido Radical de Chile, colectividad política que ha sido declarada ilegal por el artículo 1° del decreto ley N° 77, de 8 de Octubre de 1973, y
Vistos: lo solicitado por el Ministerio de Justicia, lo informado por el Intendente de Coquimbo, lo dispuesto en los decretos leyes N°s. 1, 77 y 527, y en el decreto supremo N° 1.726, del Ministerio del Interior,
Decreto:
1.- Declárase disuelta la persona jurídica denominada Club Radical de La Serena y cancélase su personalidad jurídica.
Declárase que pasa a dominio del Estado el inmueble de su propiedad, sitio y casa, ubicado en calle Balmaceda N.o 584, de La Serena, inscrito a fs. 9 vuelta, N.o 19, del Registro de Propiedad de 1920 y a fojas 599, N.o 743, del Registro de Propiedad del año 1971, ambas del Conservador de Bienes Raíces de La Serena.
2.- Declárase disuelta la persona jurídica denominada Club Radical Obrero de Coquimbo, cuya personalidad jurídica le fue otorgada por decreto N.o 1.693, de 12 de Junio de 1925, del Ministerio de Justicia.
3.- Declárase disuelta la persona jurídica denominada Club Radical de Andacollo Eugenio Medina Fernández, cuya personalidad jurídica le fue otorgada por decreto N.o 4.461, de 10 de Noviembre de 1948 del Ministerio de Justicia.
Declárase que pasa a dominio del Estado el inmueble de su propiedad en que funcionaba dicho club.
4.- Declárase disuelta la persona jurídica denominada Club Radical de Vicuña cuya personalidad jurídica le fue otorgada por decreto N.o 1.817, de 31 de Julio de 1922, del Ministerio de Justicia.
5.- Declárase disuelta la persona jurídica denominada Centro Radical Intelectual y Social Enrique Mac Iver, cuya personalidad jurídica le fue otorgada por decreto N.o 418, de 14 de Marzo de 1923, del Ministerio de Justicia.
6.- Declárase disuelta la persona jurídica denominada Club Radical de Ovalle, cuya personalidad jurídica le fue otorgada por decreto N.o 69, de 14 de Enero de 1899, del Ministerio de Justicia.
7.- Declárase disuelta la persona jurídica denominada Centro de Propaganda Radical Enrique Mac-Iver, del departamento de Ovalle.
8.- Declárase disuelta la persona jurídica denominada Club Social Radical de Combarbalá, cuya personalidad jurídica le fue otorgada por decreto N.o 4.106, de 5 de Octubre de 1948, del Ministerio de Justicia.
9.- Declárase disuelta la persona jurídica denominada Club Radical de Illapel, cuya personalidad jurídica le fue otorgada por decreto N.o 3.410, ignorándose la fecha.
Declárase que pasa a dominio del Estado el inmueble de propiedad del mencionado club, ubicado en calle Independencia esquina San Martin, del departamento de Illapel.
10.- Declárase que pasan a dominio del Estado, los bienes muebles de propiedad de los clubes mencionados en los números anteriores, conforme al inventario de los mismos enviado por el Intendente de Coquimbo al Ministerio del Interior, los que deben entenderse formar parte de este decreto para todos los efectos legales.