MODIFICA DECRETO SUPREMO N° 225 DE 1979 DEL MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES, QUE EXCEPTUA A VEHICULOS DE LA EMPRESA PORTUARIA DE CHILE DE LA PROHIBICION ESTABLECIDA EN EL ARTICULO 1° DEL D.L. N° 799 DE 1974
Núm. 85.- Santiago, 20 de Abril de 1981- Vistos: Lo dispuesto en los decretos leyes N°s. 128 de 1973; 527, 799 y 806 de 1974 y decreto supremo N° 225 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, de 1979 y lo solicitado por la Empresa Portuaria de Chile en su oficio ordinario N° 783 de 1981.
Considerando:
Que la Empresa Portuaria de Chile, con el objeto de renovar los vehículos de las Administraciones de Antofagasta, Coquimbo, Valparaíso, Talcahuano, San Vicente y de Puerto Montt, ha procedido a dar de baja cinco vehículos. Que es necesario modificar el D.S. N° 225 de 1979, de este Ministerio, atendido que dichos vehículos también deben prestar servicio en días inhábiles.
Decreto: