MODIFICA DECRETO Nº 100, DE 2006, QUE DESIGNA MIEMBROS INTEGRANTES DEL CONSEJO DIRECTIVO DE LA COMISIÓN CHILENA DE ENERGÍA NUCLEAR
Núm. 194.- Santiago, 17 de octubre de 2008.- Vistos: Lo dispuesto en el artículo 32 Nº 10 de la Constitución Política de la República; en el artículo 9º de la ley Nº 16.319, modificado por la ley Nº 18.939; el artículo 62 de la ley Nº 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; en la resolución Nº 520, de la Contraloría General de la República y sus posteriores modificaciones.
Considerando:
1.- Que, el artículo 9 de la ley Nº 16.319, que crea la Comisión Chilena de Energía Nuclear, dispone que el Consejo Directivo estará integrado por siete consejeros, representantes de distintas instituciones, todos designados por el Presidente de la República, los que durarán en sus cargos por un período de tres años, salvo que dejen de contar con la confianza del Presidente de la República, y podrán ser reelegidos; 2.- Que, mediante decreto supremo Nº 100, de 29 de mayo de 2006, del Ministerio de Minería, se designó a los miembros integrantes del Consejo Directivo de la Comisión Chilena de Energía Nuclear, por un período de tres años a contar del 1º de junio de 2006; 3.- Que, en el decreto antes individualizado, se incurrió en un error al designar, por una parte, a don Julio Vergara Aimone, como representante del Comandante en Jefe de la Armada, por un período de dos años, y, por otra, al referirse al RUT de don Javier Anabalón Quiroz; 4.- Que, por lo tanto, es necesario corregir el citado acto administrativo.
Decreto:
Artículo primero.- Introdúcense las siguientes modificaciones al decreto supremo Nº 100, de 29 de mayo de 2006, del Ministerio de Minería, que Designa Miembros Integrantes del Consejo Directivo de la Comisión Chilena de Energía Nuclear:
1.- En su artículo Tercero, reemplázase la expresión "6.415.872-4" por "6.232.329-9".
2.- En su artículo Cuarto, sustitúyese la expresión "dos" por "tres".