RECTIFICA DECRETO Nº 1.279 EXENTO, DE 2008
Núm. 1.395 exento.- Santiago, 23 de diciembre de 2008.- Vistos: lo dispuesto en el artículo 6º ley Nº 17.238, en el artículo 39 de la ley Nº 19.284, en el decreto Nº 19, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia de la República, en la resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República y el oficio Ord. Nº 18, de 3 de diciembre de 2008, del Banco Central de Chile, Decreto:
Rectifícase el decreto exento de Hacienda Nº 1.279, de fecha 9 de diciembre de 2008, publicado en el Diario Oficial con fecha 20 de diciembre de 2008, en el siguiente sentido: donde dice "1º de enero de 2008" debe decir "1º de enero de 2009".