MODIFICA DECRETO Nº 19, DE 2001
Núm. 21.- Santiago, 3 de marzo de 2009.- Vistos: Lo dispuesto en los artículos 32 Nº 6 y 35 de la Constitución Política de la República; en los artículos 5º y 41º del D.F.L. Nº 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; el D.S. Nº 19, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, y la resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República.
Considerando: La necesidad de delegar en los Ministros de Estado la facultad de firmar "Por orden del Presidente de la República" determinados decretos supremos para una eficiente e idónea administración de los recursos públicos.
Decreto:
Artículo único: Modifícase el artículo 1º del D.S. Nº 19, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, incorporando en su apartado I el siguiente Nº 28, nuevo:
"28. Disponer aportes o transferencias, con o sin convenio, de los recursos que considere anualmente la Ley de Presupuestos, con excepción de aquellos que de conformidad a la ley citada deban distribuirse directamente por las Subsecretarías correspondientes.".