AUTORIZA CIRCULACIÓN DE VEHÍCULOS DE TRACCIÓN ANIMAL EN TRAMO DE AV. LIBERTADOR BERNARDO O'HIGGINS (ALAMEDA), PROHIBIENDO CIRCULACIÓN DE VEHÍCULOS EN LOS TÉRMINOS QUE INDICA
Núm. 495 exenta.- Santiago, 6 de marzo de 2009.- Visto: La ley Nº 18.059; el artículo 118 de la ley Nº 18.290, de Tránsito; el decreto supremo Nº 83/85, y sus modificaciones, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, sobre Redes Viales Básicas; la resolución exenta Nº 347/87, y las resoluciones Nº 59/85 y 78/2006, todas de la misma Secretaría de Estado antes mencionada, y la demás normativa vigente que resulte aplicable.
Considerando:
1.- Que, mediante presentación de 26 de febrero de 2009, la Coordinadora Mujer 8 de Marzo solicitó a esta Secretaría Regional, autorización para realizar acto en vías de la ciudad de Santiago, por motivo de la celebración del Día de la Mujer. 2.- Que dicha actividad será ejecutada el día domingo del presente año, en un tramo de la calzada sur de la Alameda, la cual será encabezada por vehículos de tracción animal, lo cual, por ser vía de la Red Vial Básica de la ciudad de Santiago, y en aplicación del decreto supremo Nº 83/85, y de la resolución exenta Nº 347/87, citado en el Visto, requieren de la aprobación de esta Secretaría Regional. 3.- Que, en mérito de lo anterior, esta autoridad regional autoriza la ejecución de la actividad, por lo que dispondrá, además, el cierre de la vía señalada para el tránsito de vehículos motorizados, pues existe una causa debidamente justificada para ello, según los términos del artículo 118 de la ley Nº 18.290,
Resuelvo: