MODIFICA CONCESIÓN DE SERVICIO PÚBLICO MÓVIL DE RADIOCOMUNICACIONES ESPECIALIZADO A LA EMPRESA CENTENNIAL CAYMAN CORP. CHILE S.A.
Santiago, 4 de marzo de 2009.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue: Núm. 213 exento.- Vistos:
a) El decreto ley N°1.762 de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría. b) La ley N°18.168, General de Telecomunicaciones, en adelante la ley. c) La resolución N° 1.600 de 2008, de la Contraloría General de la República, que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón. d) La resolución exenta N° 95 de 2001, de la Subsecretaría de Telecomunicaciones, que aprueba la Norma para el Servicio Móvil de Radiocomunicaciones Especializado. e) La resolución exenta N° 817 de 2000, que fija procedimiento y plazo para establecer y aceptar interconexiones entre redes de servicio público telefónico y redes de servicio público del mismo tipo, modificada por la resolución exenta N° 1.633 de 14.12.2006, ambas de la Subsecretaría de Telecomunicaciones. f) El decreto supremo N° 642 de 1998 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que otorgó la concesión, y sus posteriores modificaciones.
Considerando:
a) Lo solicitado por la interesada mediante ingreso Subtel N°47.898, de 14.10.2008, complementada por ingresos Subtel N°48.522 de 17.10.2008 y N°49.866 de 29.10.2008. b) Que no se presentaron oposiciones a la publicación en extracto de la solicitud de modificación de concesión.
Decreto :
Modifícase la concesión de Servicio Público Móvil de Radiocomunicaciones Especializado, otorgada a la empresa Centennial Cayman Corp. Chile S.A., R.U.T. N°78.921.690-8, con domicilio en Manquehue Sur N° 520, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, en adelante la concesionaria, en el sentido que se indica en los numerandos siguientes.
1. Autorízase a la concesionaria para instalar, operar y explotar quince (15) estaciones base de red que se incorporan a la red de Servicio Móvil de Radiocomunicaciones Especializado, sistema digital, autorizado por decreto supremo N° 114 de 2004, las que operan al interior de la zona de servicio analógica autorizada, utilizando la tecnología denominada iDEN (Integrated Dispach Enhanced Network), y a interconectarse a las redes de otros servicios públicos del mismo tipo, de conformidad con la normativa respectiva, según se indica a continuación:
VER DIARIO OFICIAL DE 02.04.2009 PAGINA 16
Características Técnicas comunes:
Banda de frecuencias : Bloque A Según resolución exenta N° 95 de 2001. Tipo de emisión : 20K0D7W.
Potencia Máxima de Transmisión
Estaciones base de red : 70 Watts Estaciones base de Usuarios : 0,25 a 3,5 Watts Estaciones móviles : 0,25 a 3,5 Watts. Estaciones portátiles : 600 m Watts.
Ganancias Máx. Sistemas Radiantes:
Estaciones base de red : direccionales 16,5 dBd Estaciones base de usuarios : 6,0 dBd Estaciones Móviles : 3,0 dBd Estaciones portátiles : 0 dBd
Zona de servicio : Aquella definida por el contorno, alrededor de la estación repetidora, donde la intensidad de campo nominal utilizable sea superior a 41 dB(uV/m).
2. Los plazos máximos se indican a continuación:
VER DIARIO OFICIAL DE 02.04.2009 PAGINA 17
3. Apruébase el proyecto técnico base de la solicitud presentada por la concesionaria, conforme a las disposiciones técnico legales que rigen el servicio de telecomunicaciones concedido. La documentación respectiva quedará archivada en la Subsecretaría de Telecomunicaciones.
4. Es obligación de la concesionaria el conocimiento y cumplimiento de las disposiciones legales, reglamentarias y técnicas que regulan las telecomunicaciones, en lo que le sean aplicables.