Rectifícase el Decreto Exento N° 11 de fecha 25 de enero de 1995, publicado en el Diario Oficial N° 35.081 de fecha 31 de enero de 1995, en el siguiente sentido: 1.- Dice: "IV.- Agréganse los siguientes numerandos al artículo 13 del Título VI: "19.- Ocupación de bien nacional de uso público para extracción de áridos no comprendida en el numerando anterior: a.- Por concepto de banco arenero en la Comuna, por metro cuadrado anual. b.- Por concepto de ocupación de islas de sedimentación en ríos o esteros de San José de Maipo." Debe decir: "19.- Ocupación de bien nacional de uso público para extracción de áridos no comprendida en el numerando anterior: a.- Por concepto de banco arenero en la Comuna, 5% U.T.M. anual, por metro cuadrado. b.- Por concepto de ocupación de islas de sedimentación en ríos o esteros de San José de Maipo, 5% U.T.M. anual, por metro cuadrado."
2.- Introdúcese el siguiente artículo final a la Ordenanza Municipal de San José de Maipo, sobre Derechos Municipales de fecha 30.12.83. "Artículo final: Un Reglamento Municipal regulará todas las materias no previstas en la presente Ordenanza, especialmente en lo referente a la época y forma de pago de los respectivos Derechos.