MODIFICA EL ARTICULO 34 DE LA LEY N° 17.073 Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente
Proyecto de ley:
Artículo único.- Reemplázase en el artículo 34 de la ley N° 17.073, de 31 de Diciembre de 1968, el guarismo "0,50" por la expresión "0,10% sobre las remuneraciones imponibles".