MODIFICA LOS ARTICULOS 36 DEL DECRETO LEY N° 3.551 Y 3° DEL DECRETO LEY N° 3.650, AMBOS DE 1981
La Junta de Gobierno de la República de Chile ha dado su aprobación al siguiente
Proyecto de ley:
Articulo 1
Artículo 1°.- Introdúcense, desde la fecha de su vigencia, las siguientes modificaciones al artículo 36 del decreto ley N° 3551, de 1981:
a) Intercálase en su inciso primero, entre el guarismo "1978" y la expresión "que perciba el funcionario", la siguiente frase: "o sobre el monto de la asignación del artículo 5° del decreto ley N° 2.964, de 1979", y
b) Agrégase en la parte final del inciso primero, a continuación del punto (.) aparte, que pasa a ser seguido, la siguiente oración: "El personal de la Planta B, Moneda Nacional, del Servicio Exterior de la República: grados 5° e inferiores, noventa por ciento, y grados 4° y superiores, noventa y cinco por ciento.".
Articulo 2
Artículo 2°.- Sustitúyese la cantidad máxima destinada a gastos en personal del año 1981, para la Secretaría y Administración General y Servicio Exterior del Ministerio de Relaciones Exteriores, fijada en el artículo 3° del decreto ley N° 3.650, de 1981, por la siguiente: "260.839".