MODIFICA EL DECRETO CON FUERZA DE LEY N° 90, de 1977, DEL MINISTERIO DE HACIENDA
La Junta de Gobierno de la República de Chile ha dado su aprobación al siguiente
Proyecto de ley:
Artículo único.- Intercálase, en el artículo 1° del decreto con fuerza de ley N° 90, de 1977, del Ministerio de Hacienda, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el decreto N° 305, de 1980, del mismo Ministerio, entre los escalafones tipo de "Bibliotecarios" y "Capellanes", el siguiente escalafón:
BIOLOGOS MARINOS
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Grado
E.U.S. Nivel Función Requisitos
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4 Biólogo Efectuar estudios Educacionales:
5 Marino I y trabajos Título de
6 relacionados con Biólogo
7 las tareas del mar, Marino.
en situaciones de
gran complejidad,
o dirigir una
actividad
fundamental para Experiencia:
el aprovechamiento 3 años de
de sus recursos. experiencia
Supervigilar o profesional
ejercer jefaturas en los
sobre profesionales sectores
o personal de menor público o
nivel. privado.
8 Biólogo Efectuar estudios Educacionales:
9 Marino II o tareas de nivel Título de
10 profesional en Biólogo Marino.
11 situación de
complejidad media.
Supervisar
eventualmente a
otros profesionales
y oficiales Experiencia:
2 años de
experiencia
profesional
en los
sectores
público o
privado.
12 Biólogo Efectuar estudios o Educacionales:
13 Marino III tareas de nivel Título de
14 profesional en Biólogo Marino
15 situaciones
corrientes que no
requieren especial
experiencia
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