DEROGA ARTICULO 4° DE LA LEY N° 17.995, QUE AUTORIZO LA EXPROPIACION DE BIENES DEL COLEGIO DE ABOGADOS DE CHILE
La Junta de Gobierno de la República de Chile ha dado su aprobación al siguiente
Proyecto de ley:
Artículo único.- Derógase el artículo 4° de la Ley N° 17.995.