MODIFICA EL ARTICULO 24 DE LA LEY N° 18.264 La Junta de Gobierno de la República de Chile ha dado su aprobación al siguiente
Proyecto de ley:
Artículo único.- Agrégase al artículo 24 de la ley N° 18.264, el siguiente inciso:
"Lo anterior no será aplicable a las Instituciones de la Defensa Nacional".