EXCLUYE DE LA APLICACION DEL DECRETO LEY N° 349, DE 1974, A LAS ORGANIZACIONES DEPORTIVAS
La Junta de Gobierno de la República de Chile ha dado su aprobación al siguiente
Proyecto de ley:
Artículo único.- Las normas establecidas en el decreto ley N° 349, de 1974, no serán aplicables a las organizaciones deportivas.