LEY NUM. 18.451
AUTORIZA A LA FUERZA AEREA DE CHILE PARA DONAR MATERIAL AEREO DADO DE BAJA DEL SERVICIO Y DEROGA DISPOSICIONES QUE INDICA DE LA LEY N° 18.131 La junta de Gobierno e la República de Chile ha dado su aprobación al siguiente
Proyecto de ley
Articulo 1
Artículo 1°.- Autorízase al Comandante en Jefe de la Fuerza Aérea de Chile para que, directamente o a través de la autoridad institucional que designe, done las siguientes aeronaves dadas de baja del servicio a las instituciones que en cada caso se señalan:
a.- A la Fuerza Aérea de la República del Ecuador, el avión Beech Aircraft tipo D-18S serie número A-1024, número de orden FACH-465.
b.- A la Dirección General de Aeronáutica Civil, Museo Aeronáutico, el avión Beech Aircraft tipo C-45 H, serie número 51-11867, número de orden FACH-484.
Articulo 2
Artículo 2°.- La donación a que se refiere el artículo anterior, estará exenta de todo impuesto y eximida del trámite de insinuación.
Articulo 3
Artículo 3°.- Deróganse las letras d) y e) del Artículo 1° de la ley N° 18.131, reemplazado por el artículo único de la ley N° 18.241.