MODIFICA EL ARTICULO 1° DE LA LEY N° 18.203 La Junta de Gobierno de la República de Chile ha dado su aprobación al siguiente
Proyecto de ley:
Artículo único.- Sustitúyese, en los dos incisos del artículo 1° de la ley N° 18.203, la expresión "31 de diciembre de 1985" por la frase "30 de junio de 1986".