MODIFICA DECRETOS LEYES N°s. 2.460, DE 1979, Y 3.356, DE 1980
La Junta de Gobierno de la República de Chile ha dado su aprobación al siguiente
Proyecto de ley
Articulo 1
Artículo 1°.- Sustitúyese el inciso segundo del artículo 24 del decreto ley N° 2.460, de 1979, Ley Orgánica de la Policía de Investigaciones de Chile, por el siguiente:
"Los Oficiales Policiales de los grados de Director General, Subdirectores, Prefectos Inspectores, Prefectos y Subprefectos, de la Policia de Investigaciones de Chile en retiro, estarán facultados para portar armas de fuego que tengan debidamente inscritas a su nombre, previa autorización otorgada por el Director General, sin perjuicio de aplicárseles lo que disponga la reglamentación institucional respectiva, para el personal en servicio activo.".
Articulo 2
Artículo 2°.- Intercálase en el inciso primero del artículo único del decreto ley N° 3.356, de 1980, entre las palabras "Oficiales Superiores" y la conjunción "y" la frase "Tenientes Coroneles o equivalentes" precedida de una coma (,).