MODIFICA LEY N° 18.962, ORGANICA CONSTITUCIONAL DE ENSEÑANZA
Teniendo presente que el H. Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente
Proyecto de Ley:
"Artículo 1°.- Derógase la Ley N° 18.862.
Articulo 2
Artículo 2°.- Introdúcense a la ley N° 18.962, Orgánica Constitucional de Enseñanza, las modificaciones que a continuación se indican:
1) Introdúcense, al artículo 52, las siguientes enmiendas:
a) SuprímEse, en la letra n) la conjunción "y" que aparece al final de esta letra, reemplazando la coma (,) que la antecede, por un punto y coma(;).
b) Sustitúyese en la letra ñ), el punto final (,) por un punto y coma (;).
c) AgrégaNse, a continuación de la letra ñ), las siguientes letras nuevas:
"o) Título de Educador de Párvulos: Licenciado en Educación, y
p) Título de Periodista: Licenciado en Comunicación Social.".
2) Intercálase en el inciso primero del artículo 72, a constinuación de la coma (,) que sigue a la palabra "Naval", la expresión "Aeronáutica,";
3) Agrégase en el artículo 4° transitorio, en punto seguido (.), la frase: "En estos casos, el Ministerio de Educación Pública contará con un plazo de 12 meses para pronunciarse acerca de la solicitud.".
4) Intercálase en el artículo 7° transitorio entre los vocablos "pedagogía" y "que", las siguientes palabras precedidas de una coma (,):", educación parvularia y periodismo".".