"Artículo 1°.- Sustitúyense en el artículo 8° del D.F.L. N° 1.791, de 1979, del Ministerio de Justicia, los Escalafones Femenino y Masculino de la Planta de Vigilantes Penitenciarios de Gendarmería de Chile, por el siguiente Escalafón, refundido en uno solo de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 42 de la ley N° 19.269, sin perjuicio de la disminución de cargos establecida en el artículo 38 de la misma ley: Grado Grado Jerárquico Número E.U.S.
12 Gendarme Mayor 129 13 Vigilante Mayor 212 14 Gendarme 1° 397 15 Gendarme 2° 652 16 Vigilante 1° 950 18 Vigilante 2° 1.318 22 Gendarme 1.805 --------- TOTAL 5.463".