RECTIFICA EL ARTICULO 20° DEL DFL. N° 329, DE 1979 (Resolución)
Núm. 1.033.- Santiago, 10 de Diciembre de 1979.- Vistos: el oficio Ord. N° 006420, del Servicio Nacional de Aduanas, de 3 de Diciembre de 1979; los DFL. N°s 90, y 329, de Hacienda, de 1977, y 1979, respectivamente; el decreto supremo de Hacienda N° 521, de 1979, y el N° 4, de la letra A, del decreto supremo de Hacienda N° 635, de 1966, dicto la siguiente,
Resolución:
Rectifícase el artículo 20°, del decreto con fuerza de ley N° 329, de Hacienda, de 16 de Abril de 1979, que fijó la Planta de Personal del Servicio Nacional de Aduanas, y el artículo 4°, del decreto supremo de Hacienda N° 521, de 20 de Junio de 1979, que encasilló a los funcionarios del Servicio de Aduanas, que señala en los cargos de la planta del personal aludida, en el sentido de que, en el escalafón de Vistas, el nivel de los cargos de Vistas grado 15°, de la Escala Unica de Sueldos es IV y no nivel III, como en dichos decretos se menciona.