MODIFICA DECRETO LEY N° 77, DE 1973 Santiago, 26 de Noviembre de 1973.- La Junta de Gobierno de la República de Chile decretó hoy lo que sigue:
Decreto ley N° 145.- Vistos:
El decreto ley N° 77, de 8 de Octubre de 1973, y Considerando:
1°.- Los motivos que se tuvieron en vista al dictar el decreto ley N° 77;
2°.- Las omisiones e imprecisiones en que se incurrió al individualizarse las asociaciones ilícitas señaladas en el artículo 1°, y
3°.- La necesidad de modificar el referido decreto ley,
La Honorable Junta de Gobierno de la República de Chile acuerda dictar el siguiente
Decreto ley:
Artículo único.- Modifícase el decreto ley N° 77, de 8 de Octubre de 1973, en la siguiente forma:
a) Agrégase en el inciso primero del artículo 1°, a continuación de la palabra "comunista" la expresión "o comunista de Chile".
b) Reemplázase, en dicho inciso primero del artículo 1°, la denominación "Movimiento de Acción Popular Unitario" por la de "MAPU", y
c) Agrégase, en el mismo inciso, después de la palabra "Independiente" una coma (,) y la expresión "Partido de la Unidad Popular".