MODIFICA EL INCISO SEGUNDO DEL ARTICULO 1° DEL DECRETO LEY N° 81, DE 1973
Santiago, 22 de Enero de 1974.- La Junta de Gobierno de la Repúbli ca de Chile ha ordenado hoy promulgar el siguiente decreto ley:
Núm. 285.- Vistos lo dispuesto en los decretos leyes N°s 1, 81 y 128, de 1973,
La Junta de Gobierno ha acordado dictar el siguiente Decreto ley:
Artículo único.- Sustitúyese en el inciso segundo del artículo 1° del decreto ley N° 81, de 1973, la expresión: "40 días" por "20 días".