MODIFICA EL ARTICULO 209 DEL DECRETO LEY N° 683, DE 1974, EN LA FORMA QUE INDICA
Santiago, 27 de Mayo de 1976.- La H. Junta de Gobierno de la República de Chile ha acordado hoy lo que sigue:
Núm. 1.457.- Visto: lo dispuesto en los decretos leyes N°s 1 y 128, de 1973, y 527, de 1974, y Considerando:
Que la Municipalidad de Quinta Normal ha resuelto modificar su planta de empleados con el solo objeto de rectificar la denominación del cargo de "Abogado Jefe Dirección Organizaciones Comunitarias", en el sentido de suprimir la exigencia de título de abogado;
Que lo anterior ha sido informado favorablemente por el Ministerio de Hacienda y la Comisión Nacional de la Reforma Administrativa, en atención a que el cargo aludido no requiere ese título, por cuanto sus funciones no son de carácter jurídico,
La Junta de Gobierno de la República de Chile ha acordado dictar el siguiente
Decreto ley:
Artículo único.- Reemplázase en el artículo 209 del decreto ley N° 683, de 1974, que fija la ubicación en la Escala Unica respecto de los trabajadores de la Municipalidad de Quinta Normal, la denominación del cargo de "Abogado Jefe Dirección Organizaciones Comunitarias" por la siguiente: "Jefe Dirección Organizaciones Comunitarias".