PRORROGA VIGENCIA DEL DECRETO LEY N° 388, DE 1974, SOBRE OFICIALES DE LA MARINA MERCANTE NACIONAL Núm. 1.510.- Santiago, 25 de Junio de 1976.- Visto: lo dispuesto en los decretos leyes N°s. 1 y 128, de 1973; 527 y 388, de 1974, y
Considerando:
La necesidad de prorrogar la vigencia del decreto ley N° 388, de 1974, en tanto se solucione en forma definitiva la falta de Oficiales de la Marina Mercante Nacional, necesarios para el normal desarrollo de esta actividad marítima,
La Junta de Gobierno de la República de Chile ha acordado dictar el siguiente
Decreto ley:
Artículo único.- Prorrógase la vigencia de lo dispuesto en el artículo 1° del decreto ley N° 388, de 1974, hasta el 31 de Diciembre de 1977.