MODIFICA DECRETO LEY N° 1.877, DE 1977
Núm. 3.645.- Santiago, 6 de Marzo de 1981.- Visto: Lo dispuesto en los decretos leyes Nos. 1 y 128, de 1973; 527 y 788, de 1974, y 991, de 1976,
La Junta de Gobierno de la República de Chile, en uso de la Potestad Constituyente, ha acordado dictar el siguiente
Decreto ley:
Artículo único.- Suprímese al final del artículo segundo del decreto ley N° 1877, de 1977, el punto y agrégase la siguiente frase: "y a la disposición vigésima cuarta transitoria de la Constitución Política de la República de Chile que regirá a partir del día 11 de Marzo de 1981.".