AMPLIA PLAZOS SEÑALADOS EN RESOLUCION Nº 415, DE 1996 (Resolución)
Núm. 496 exenta.- Santiago, 19 de junio de 1997.- Visto: Lo dispuesto en el punto 2.5.7 de las Bases de licitación, modificaciones, aclaraciones y respuestas a las consultas formuladas a las Bases en los denominados procesos de licitación de vías Periféricas, Periférica Complementaria, Céntrica II, Céntrica III, 1995, 1995 II aprobadas por resoluciones Nºs 65/93, 5/94, 6/94, 69/94, 4/94, 72/94, 74/94, 73/94, 72/95, 4/96, 5/96, 77/95, 1/96, 2/96 y 3/96, respectivamente, todas del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones y lo dispuesto por Resolución exenta Nº 415/96 de esta Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones.
Considerando:
1.- Que las entidades encargadas de impartir los cursos de capacitación para los choferes de la locomoción colectiva urbana de que dan cuenta las resoluciones citadas en el visto, han solicitado a esta Secretaría Regional Ministerial se amplíe el plazo del primer período de capacitación obligatorio del personal de conducción de vehículos de transporte público, urbano y remunerado de pasajeros en vías céntricas concesionadas de la ciudad de Santiago, hasta el día 30 de septiembre de 1997, dada la alta demanda por la realización de los mismos, por parte de las empresas encargadas de la gestión de los servicios licitados. 2.- Que a la luz de los antecedentes, y a fin de conseguir el objetivo que se tuvo en vista al establecer la obligatoriedad de la capacitación del personal de conducción de vehículos de transporte público, urbano y remunerado de pasajeros, en vías de la ciudad de Santiago, resulta conveniente acceder a la ampliación de los plazos de que da cuenta el considerando primero.
R e s u e l v o: