MODIFICA PUNTO DE ORIGEN DE TRAZADO DE GASODUCTO DE TRANSPORTE DE GAS NATURAL DE GASODUCTO GASANDES S.A., DEFINIDO POR DECRETO Nº 548, DE 1995, EN LA COMUNA DE SAN JOSE DE MAIPO
Núm. 295.- Santiago, 19 de junio de 1997.- Vistos: Estos antecedentes, lo dispuesto en el D.F.L. Nº 323, de 1931 del Ministerio del Interior; en los Decretos Supremos Nºs. 263 y 254, ambos de 1995, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción; en la Resolución Nº 520 de 1996, de la Contraloría General de la República; y los Oficios Nºs. 1.833 y 1.834, ambos de 1997, de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles.
Considerando:
1.- Que el Decreto Supremo Nº 548, de 1995, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, otorgó a Gasoducto GasAndes S.A., concesión definitiva para transporte de gas natural desde la comuna de San José de Maipo a la comuna de San Bernardo, en la Región Metropolitana. 2.- Que el Decreto Supremo Nº 553, del año 1996, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, modificó el trazado del gasoducto definido en el Decreto Supremo Nº 548, ya mencionado, en el sector de San Alfonso, comuna de San José de Maipo, y en sector de Catemito, comuna de San Bernardo. 3.- Que el Decreto Supremo Nº 115, del año 1997, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, modificó la ubicación de la Estación de Regulación y Medida Nº 1, ubicada en la comuna de San Bernardo a una nueva propiedad ubicada en la comuna de Puente Alto, modificando además la ruta del gasoducto en la zona adyacente a dicha estación. 4.- Que Gasoducto GasAndes S.A., con fecha 15-04-97 solicitó a la Superintendencia de Electricidad y Combustibles, modificar, por razones técnicas, el punto de origen del gasoducto, ubicado en la comuna de San José de Maipo, en la frontera de las repúblicas de Chile y Argentina, a un nuevo punto ubicado a aproximadamente 1.500 metros al Noreste del punto inicial. 5.- Que producto del cambio en la ubicación del punto anterior se solicita agregar una nueva sección de la ruta que conecte este nuevo punto de origen con la ruta ya concesionada.
D e c r e t o:
Artículo primero.- Modifícase el punto de origen del gasoducto, establecido en el Decreto Supremo Nº 548, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, del 13 de septiembre de 1995, identificado como:
Hito Paso Maipo Paralelo 34°14' Meridiano 69°48' Comuna de San José de Maipo.
por un nuevo punto de origen que se identifica como:
Sector Paso Maipo Paralelo 34°13' Meridiano 69°48' Comuna de San José de Maipo.
Artículo segundo.- Producto del cambio en el punto de origen, la ruta se modifica como se describe a continuación para empalmar con el trazado anteriormente concesionado en el D.S. 548/95, de Economía:
El nuevo punto de origen se encuentra ubicado a unos 1.500 metros aproximadamente al noreste del punto de origen anterior, en la frontera chileno-argentina. Para empalmar la línea concesionada con el nuevo punto de origen, el trazado se desarrolla en dirección poniente por unos 800 metros aproximadamente, tomando luego una dirección sur poniente por unos 1.900 metros aproximadamente, uniéndose a la línea concesionada en un punto de coordenadas UTM aproximadas 6.212 km Norte y 424,3 km Este.