Por Resolución exenta del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones Nº 1.214 de 28.08.97, que se extracta, se asignó en el concurso público correspondiente al 3er. Cuatrimestre de 1996, a la Constructora Exodo Ltda., R.U.T. 78.888.440-0, con domicilio en Calle Enrique Coke Nº 1090, Antofagasta, II Región, una concesión de Radiodifusión Sonora en Frecuencia Modulada, para la localidad de Antofagasta, II Región, con las características técnicas siguientes:
- Potencia Máxima : 1000 Watts. - Frecuencia : 90,1 MHz. - Sistema radiante : Omnidireccional con polarización circular, con arreglo de 4 elementos de 4.5 dBd. de ganancia y una altura del centro de radiación de 25.7 m., montado sobre una torre de 48 m. de altura. - Ubicación de los estudios : Calle Enrique Coke Nº 1090, Antofagasta, II Región. - Coordenadas geográficas : 23°37'08" Latitud Sur. 70°22'59" Longitud Oeste. - Ubicación de la planta transmisora y sistema radiante : Cerro Los Morros, Antofagasta, II Región - Coordenadas geográficas : 23°34'58" Latitud Sur. 70°19'41" Longitud Oeste.
El radioenlace estudio-planta será de 10 Watts de potencia, con un sistema radiante de 12,14 dBi. de ganancia. Los plazos para el inicio y término de la construcción de las obras, así como para el inicio del servicio, serán los que se indican a continuación:
- Inicio de Obras : 30 días. - Término de Obras : 210 días. - Inicio de Servicio : 260 días.
Todos estos plazos se cuentan a partir de la fecha de publicación en el Diario Oficial del Decreto que otorgue la concesión. La presente publicación se hace de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 13A de la Ley Nº 18.168 (Ley General de Telecomunicaciones), a objeto que quien tenga interés en ello pueda reclamar de la Resolución exenta del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones Nº 1.214 de 28.08.97, que se extracta, la cual asignó concesión, dentro del plazo de 10 días hábiles, contados desde la presente publicación. La reclamación deberá presentarse por escrito ante el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, ser fundada, adjuntar todos los medios de prueba que acrediten los hechos que la fundamentan y fijar domicilio dentro del radio urbano de la comuna de Santiago.-