MODIFICA RESOLUCION Nº 1.349 EXENTA, DE 1997, QUE LLAMA A INSCRIPCION DE POSTULANTES AL SISTEMA DE SUBSIDIO HABITACIONAL PARA LA ATENCION DEL SECTOR RURAL, EN EL SENTIDO QUE INDICA Y APRUEBA NOMINAS DE POSTULANTES SELECCIONADOS PARA EL PRIMER LLAMADO 1997; PARA EL I LLAMADO 1997 A POSTULACION PARA LA ADQUISICION O CONSTRUCCION DE VIVIENDAS RURALES EMPLAZADAS EN ASENTAMIENTOS POBLACIONALES Y PARA EL LLAMADO 1-97 A POSTULACION COLECTIVA CON PROYECTOS DE SANEAMIENTO SANITARIO PARA PREDIOS RURALES
Santiago, 6 de octubre de 1997.- Hoy se resolvió lo que sigue: Núm. 2.435 exenta.- Visto: El D.S. Nº 167 (V. y U.), de 1986, y sus modificaciones, que regula el Sistema de Subsidio Habitacional para la Atención del Sector Rural y en especial lo previsto en sus artículos 6º, 16, 17, 18 y 19 y en sus Títulos II y III; las resoluciones exentas Nº 1.349 y Nº 1.350, ambas de este Ministerio, de fecha 7 de mayo de 1997, publicadas en el Diario Oficial del 12 de mayo de 1997; la resolución exenta Nº 532, de la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo V Región de Valparaíso, de fecha 2 de julio de 1997, publicada en el Diario Oficial del 5 de julio de 1997; la resolución exenta Nº 511, de la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo VI Región del Libertador General Bernardo O'Higgins, de fecha 1º de julio de 1997, publicada en el Diario Oficial del 5 de julio de 1997; la resolución exenta Nº 432, de la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo VIII Región del Bío Bío, de fecha 26 de junio de 1997, publicada en el Diario Oficial del 5 de julio de 1997, dicto la siguiente
R e s o l u c i ó n:
1º.- Modifícase la resolución exenta Nº 1.349, de este Ministerio, de 1997, en la siguiente forma: a) Reemplázase en el inciso primero del número 4º de dicha resolución las cifras "437.652"; "561.328" y "51.020", por las siguientes cifras: "495.322"; "520.558" y "26.620", respectivamente. b) Sustitúyese el cuadro inserto en la letra a) del número 4º de dicha resolución por el que a continuación se inserta:
Región de Monto de recursos presupuestarios Postulación que se destinarán a la Región (U.F.)
I 0 II 2.340 III 2.060 IV 25.030 V 25.180 VI 58.200 VII 61.490 VIII 52.630 IX 85.060 X 114.170 XI 0 XII 3.250 R.M. 65.912
Total 495.322
c) Sustitúyese el cuadro inserto en la letra b) del número 4º de dicha resolución por el que a continuación se inserta:
Región de Monto de recursos presupuestarios Postulación que se destinarán a la Región (U.F.)
I 0 II 0 III 900 IV 27.000 V 31.920 VI 39.600 VII 48.908 VIII 104.200 IX 75.820 X 27.210 XI 0 XII 0 R.M. 165.000
Total 520.558
d) Sustitúyese el cuadro inserto en la letra c) del número 4º de dicha resolución por el que a continuación se inserta:
Región de Monto de recursos presupuestarios Postulación que se destinarán a la Región (U.F.)
I 0 II 0 III 0 IV 1.400 V 1.400 VI 0 VII 6.320 VIII 17.500 IX 0 X 0 XI 0 XII 0 R.M. 0
Total 26.620
2º.- Apruébanse las nóminas de 3.746 postulantes seleccionados para el goce del Subsidio Habitacional para la Atención del Sector Rural correspondiente al primer llamado 1997 (Título I), dispuesto en el número 1º de la resolución exenta Nº 1.349, de este Ministerio, de 1997, nóminas que se entenderán formar parte integrante de la presente resolución.
3º.- Déjase constancia que las nóminas de 3.746 postulantes que se aprueban en el número anterior comprometen un total equivalente a 489.240 Unidades de Fomento (U.F.) para el financiamiento del subsidio directo destinado a la atención de los postulantes seleccionados en el primer llamado 1997 del Sistema de Subsidio Habitacional para la Atención del Sector Rural que regula el D.S. Nº 167 (V. y U.), de 1986, monto que se distribuye de la siguiente forma, según tipo de postulación, región y provincia, cuando corresponde, luego de aplicado el procedimiento dispuesto en los artículos 6º, 18 y 19 del D.S. Nº 167 (V. y U.), de 1986, y en el número 5º de la resolución exenta Nº 1.349, de este Ministerio, de 1997:
Tipo de postulación Región Monto de recursos Individual Colectiva comprometidos Provincia (U.F) (U.F.) (U.F.)
II 900 0 900 III 1.950 0 1.950 IV 21.530 3.400 24.930 V 17.570 7.540 25.110 VI 50.730 5.980 56.710 Cachapoal 11.440 5.980 17.420 Colchagua 19.600 0 19.600 Cardenal Caro 19.690 0 19.690 VII 39.520 21.940 61.460 VIII 48.790 3.510 52.300 Ñuble 15.620 0 15.620 Bío Bío 12.370 2.340 14.710 Concepción 4.420 0 4.420 Arauco 16.380 1.170 17.550 IX 85.010 0 85.010 X 114.130 0 114.130 XII 900 0 900 R.M. 65.840 0 65.840
Total 446.870 42.370 489.240
4º.- Fíjase la siguiente distribución regional y provincial, cuando corresponde, por tipo de postulación, para los certificados de Subsidio Habitacional que se otorguen a los postulantes seleccionados en el primer llamado 1997 del Sistema de Subsidio Habitacional para la Atención del Sector Rural, efectuado por el número 1º de la resolución exenta Nº 1.349, de este Ministerio, de 1997:
Tipo de postulación Montos Región postulantes Provincia Individual Colectiva seleccionados
II 6 0 6 III 13 0 13 IV 163 26 189 V 135 58 193 VI 389 46 435 Cachapoal 88 46 134 Colchagua 150 0 150 Cardenal Caro 151 0 151 VII 302 164 466 VIII 375 27 402 Ñuble 120 0 120 Bío Bío 95 18 113 Concepción 34 0 34 Arauco 126 9 135 IX 653 0 653 X 877 0 877 XII 6 0 6 R.M. 506 0 506
Total 3.425 321 3.746
5º.- Apruébanse asimismo las nóminas de 2.510 postulantes seleccionados para el goce del Subsidio Habitacional para la Atención del Sector Rural correspondiente al I llamado 1997 a postulación para la adquisición o construcción de viviendas rurales emplazadas en asentamientos poblacionales (Título II), dispuesto en el número 2º de la resolución exenta Nº 1.349, de este Ministerio, de 1997, nóminas que se entenderán formar parte integrante de la presente resolución. 6º.- Déjase constancia que las nóminas de 2.510 postulantes que se aprueban en el número anterior comprometen un total equivalente a 467.000 Unidades de Fomento (U.F) para el financiamiento del subsidio directo destinado a la atención de los postulantes seleccionados en el I llamado 1997 a postulación para la adquisición o construcción de viviendas rurales emplazadas en asentamientos poblacionales del Sistema de Subsidio Habitacional para la Atención del Sector Rural que regula el D.S. Nº 167 (V. y U.), de 1986, y en especial su Título II, monto que se distribuye de la siguiente forma, según tipo de postulación, región y provincia, cuando corresponde, luego de efectuado el procedimiento dispuesto en los artículos 6º, 18 y 19 del D.S. Nº 167 (V. y U.), de 1986, y en el número 5º de la resolución exenta Nº 1.349, de este Ministerio, de 1997.
Tipo de postulación Región Monto de recursos Individual Colectiva comprometidos Provincia (U.F) (U.F.) (U.F.)
III 800 0 800 IV 1.540 25.380 26.920 V 1.660 15.600 17.260 Petorca 400 0 400 Los Andes 0 7.400 7.400 San Felipe 0 8.200 8.200 Quillota 1.260 0 1.260 VI 0 26.280 26.280 Cachapoal 0 20.340 20.340 Colchagua 0 5.940 5.940 VII 6.440 40.620 47.060 VIII 24.880 64.400 89.280 Ñuble 22.060 20.600 42.660 Bío Bío 1.620 20.340 21.960 Concepción 1.200 17.520 18.720 Arauco 0 5.940 5.940 IX 7.560 67.900 75.460 X 10.080 15.000 25.080 R.M. 31.000 127.860 158.860
Total 83.960 383.040 467.000
7º.- Fíjase la siguiente distribución regional y provincial, cuando corresponde, por tipo de postulación, para los certificados de Subsidio Habitacional que se otorguen a los postulantes seleccionados en el I llamado 1997 a postulación para la adquisición o construcción de viviendas rurales emplazadas en asentamientos poblacionales del Sistema de Subsidio Habitacional para la Atención del Sector Rural, efectuado por el número 2º de la resolución exenta Nº 1.349, de este Ministerio de 1997:
Tipo de postulación Total Región postulantes Provincia Individual Colectiva seleccionados
III 4 0 4 IV 8 141 149 V 9 78 87 Petorca 2 0 2 Los Andes 0 37 37 San Felipe 0 41 41 Quillota 7 0 7 VI 0 146 146 Cachapoal 0 113 113 Colchagua 0 33 33 VII 35 216 251 VIII 131 346 477 Ñuble 116 108 224 Bío Bío 9 113 122 Concepción 6 92 98 Arauco 0 33 33 IX 42 365 407 X 56 80 136 R.M. 172 681 853
Total 457 2.053 2.510
8º.- Apruébanse asimismo las nóminas de 259 postulantes seleccionados para el goce del Subsidio Habitacional para la Atención del Sector Rural correspondientes al llamado 1-97 a postulación colectiva con proyectos de saneamiento sanitario para predios rurales, dispuesto en el número 3º de la resolución exenta Nº 1.349, de este Ministerio, de 1997, nóminas que se entenderán formar parte integrante de la presente resolución.
9º.- Déjase constancia que las nóminas de 259 postulantes que se aprueban en el número anterior comprometen un total equivalente a 18.130 Unidades de Fomento (U.F.) para el financiamiento del subsidio directo destinado a la atención de los postulantes seleccionados en el llamado 1-97 del Sistema de Subsidio Habitacional para la Atención del Sector Rural, modalidad de postulación colectiva con proyectos de saneamiento sanitario para predios rurales que regula el D.S. Nº 167 (V. y U.), de 1986, y en especial su Título III, monto que se distribuye de la siguiente forma, por región y provincia, cuando corresponde, luego de efectuado el procedimiento dispuesto en los artículos 6º, 18 y 19 del D.S. Nº 167 (V. y U.), de 1986, y en el número 5º de la resolución exenta Nº 1.349, de este Ministerio, de 1997:
Monto de recursos Región Comprometidos Provincia (U.F.)
IV 910 V 1.260 VII 5.320 VIII 10.640 Bío Bío 10.640
Total 18.130
10.- Fíjase la siguiente distribución regional y provincial, cuando corresponde, para los Certificados de Subsidio Habitacional que se otorguen a los postulantes seleccionados en el llamado 1-97 a postulación colectiva con proyectos de saneamiento sanitario para predios rurales del Sistema de Subsidio Habitacional para la Atención del Sector Rural, efectuado por el número 3º de la resolución exenta Nº 1.349, de este Ministerio, de 1997:
Total Región postulantes Provincia seleccionados
IV 13 V 18 VII 76 VIII 152 Bío Bío 152
Total 259
11.- Publíquense las nóminas completas que se aprueban en el número 2º, en el número 5º y en el número 8º de esta resolución, en un periódico de circulación nacional, indicándose en dicha publicación el nombre completo del beneficiario, su Cédula Nacional de Identidad o Rut y el puntaje total obtenido, sin perjuicio de las nóminas completas de que dispondrán los Serviu, las que señalarán, a lo menos, el puntaje total y el obtenido en cada uno de los rubros considerados, por cada postulante seleccionado; el Rol Unico Tributario; el monto del subsidio directo de cada postulante seleccionado; el monto total de ahorro acumulado por cada postulante; y el puntaje de corte correspondiente al último postulante seleccionado.