RECTIFICA DECRETO No. 182, DE 1991
Núm. 405.- Santiago, 23 de Septiembre de 1991.- Visto: Estos antecedentes y lo dispuesto en los artículos 11° y 28° del DFL No. 1, de 1982, del Ministerio de Minería, y en la Ley No. 18.410,
Decreto:
Articulo 1
Artículo 1°.- Rectifícase el artículo 6° del Decreto No. 182, de fecha 17.05.91, de este Ministerio, en los siguientes términos:
a) En todos aquellos casos en que se hace mención a la localidad de "Chuchili", debe decir Chuchiñí.
b) Al citarse el nombre de la propietaria del predio correspondiente a la "Hijuela No. 8", de Chuchiñí, doña Sonia Hurtado Alvila, debe decir Sonia Hurtado Alviña.
c) En aquellos casos en que se menciona la localidad de "Concumén", debe decir Cuncumén.
Articulo 2
Artículo 2°.- El presente decreto deberá reducirse a escritura pública, antes de 30 días contados desde su publicación en el Diario Oficial, en una Notaría Pública del Departamento de Santiago.