REAJUSTA MONTO DE LAS MULTAS EXPRESADAS EN PESOS ESTABLECIDAS EN LA LEY N° 18.290, NUEVA LEY DEL TRANSITO Santiago, 21 de Enero de 1986.- Hoy se decretó lo que sigue:
Núm. 53.- Visto: Estos antecedentes, lo dispuesto en el artículo 209 de la Ley N° 18.290, y en los artículos 32 N° 8 y 35 de la Constitución Política de la República de Chile, y
Teniendo presente: Que de conformidad a la información oficial proporcionada por el Instituto Nacional de Estadísticas, la variación experimentada por el Indice de Precios al Consumidor en el período comprendido entre el 1° de Enero y el 31 de Diciembre de 1985, alcanzó al 26,4 %,
Decreto:
Artículo único.- Reajústanse, a contar del 1° de Febrero de 1986, en un 26,4 % las multas expresadas en pesos a que se refieren los artículos 102, 201 y 206 de la Ley N° 18.290; fijándose su nuevo monto en las cantidades que a continuación se indican:
Monto anterior Monto nuevo
1.- Artículo 102.- $ 30.000.- $ 37.900.-
$ 50.000.- $ 63.200.-
2.- Artículo 201.-
(inciso 1°) N° 1 $ 5.000.- $ 6.300.-
N° 2 $ 4.000.- $ 5.100.-
N° 3 $ 3.000.- $ 3.800.-
N° 4 $ 1.000.- $ 1.300.-
(inciso 2°) $ 20.000.- $ 25.300.-
$ 200.000.- $ 252.800.-
3.- Artículo 206.- $ 5.000.- $ 6.300.-