EXCEPCIONA A KOCHI S.A. DEL REGIMEN NORMATIVO ESTABLECIDO EN LA RESOLUCION Nº328 EXENTA. DE 1977
(Resolución)
Núm. 28.105.- Santiago, 22 de Diciembre de 1989, Vistos. La solicitud de fecha 25 de Octubre de 1989, presentada por el contribuyente individualizado anteriormente, por la que pide excepcionarse del cambio de sujeto del I.V.A. dispuesto en la resolución Nº Ex. 328. de 1977. por las comisiones provenientes del extranjero. responsabilizándose del cumplimiento tributario respectivo: las disposiciones legales y reglamentarias e instrucciones y vigentes sobre la materia y las facultades establecidas en el artículo 6º. Letra B). Nº5. del Código Tributario y Considerando: 1º) Que. en el presente caso, los argumentos, fundamentaciones y antecedentes proporcionados por el interesado en su solicitud han sido estimados atendibles por esta Dirección Regional y además cumple los requisitos y exigencias señalados en el Nº2. de la resolución Nº Ex. 2 301. de la Dirección Nacional. publicada en el Diario Oficial de 20 de Octubre de 1986:
Se resuelve:
Ha lugar a lo solicitado
1º) Excepciónase a Kochi S.A.. del régimen normativo establecido en la resolución Nº Ex. 328. publicada en el Diario Oficial de 09 de Marzo de 1977. complementada por resolución Nº Ex. 1.031 publicada en el Diario Oficial de 01.08.79. que dispone del cambio de sujeto del IVA en las operaciones que la misma señala. 2º) La vigencia de esta autorización es a contar del día primero del mes siguiente al de su publicación en el Diario Oficial y se mantendrá mientras el interesado dé cabal cumplimiento a las obligaciones señaladas en el Nº 2.3 de la resolución Nº Ex. 2.301, de 1986. El incumplimiento de estas obligaciones producirá la caducidad de esa excepción y la aplicación de las sanciones que fueren procedentes. 3º) La empresa peticionaria deberá publicar íntegramente la presente resolución en el Diario Oficial, por su cuenta y costo.