Artículo Primero: Introdúcense las siguientes modificaciones al Decreto Supremo N° 1.230, de 1989, del Ministerio de Hacienda: 1. En el artículo primero, intercálase entre las expresiones "San Antonio;" y "Metropolitana;" la siguiente: "Isla de Pascua;". 2. En el artículo tercero, agrégase la siguiente letra: "J. Sujetos a la jurisdicción de la Aduana de Isla de Pascua", pasando las actuales letras J, K, L, M, N, Ñ, O y P ser K, L, M, N, Ñ, O, P y Q, respectivamente: "J. Sujetos a la jurisdicción de la Aduana de Isla de Pascua.
Punto Habilitado Habilitación Operaciones Aduaneras
1. Aeropuerto Permanente Paso de Personas y Internacional todo tipo de Mataveri operaciones aduaneras.
2. Caleta de Permanente Paso de Personas y Hanga Roa todo tipo de operaciones aduaneras.
3. Caleta de Permanente Paso de Personas y Hanga Piko todo tipo de operaciones aduaneras.
4. Terminal Permanente Paso de Personas y Vinapú todo tipo de operaciones aduaneras. 3. En la actual letra "G", del artículo tercero, elimínase el número 5, relativo al Aeropuerto Internacional de Mataveri.