DEROGA A CONTAR DEL AÑO LECTIVO QUE INDICA, DECRETO EXENTO N°. 13 DE 1984
Núm. 196 exento.- Santiago, 05 de Diciembre de 1989.- Considerando: Que, por decreto supremo exento de Educación No. 13 de 1984 se aprobaron planes y programas especiales de estudio para los cursos de 7° y 8° año de Educación General Básica y 1° y 2° año de Educación Media, modalidad técnico - profesional para el Centro Vocacional Artesanal Rural, dependiente de la Ilustre Municipalidad de Quilaco, VIII Región del Bío-Bío Que, la direccíón del citado establecimiento ha solicitado la derogación gradual del decreto que los rige y su reemplazo por el decreto supremo No. 4.002 y d decreto supremo exento No. 300 de 1981, ambos con sus pertinentes modificaciones; Que, la solicitud se basa en que el currículum no responde a las necesidades del sector escolar que atiende, lo que impide el desarrollo del actual plan de estudio en forma eficiente; y,
Visto: Lo dispuesto en los decretos supremos de Educación N°s. 2.039, 4.002 y 9.555, todos de 1980: decretos supremos exentos de Educación N°s. 300 de 1981 y 13 de 1984; Resolución No. 1.050 de 1980 de la Contraloría General de la República y en los artículos 32 No. 8 y 35 de la Constitución Política de la República de Chile, Decreto: