MODIFICA RESOLUCION Nº 477 EXENTA, DE 1997
(Resolución)
Núm. 23 exenta.- Santiago, 7 de enero de 1998.- Visto: a) Lo dispuesto en el artículo 131º, Nº 4, letra a), del D.F.L. Nº 1, de 1982, del Ministerio de Minería, b) El decreto supremo Nº 92, de 1983, modificado por los decretos supremos Nºs. 239, de 1983, 258, de 1984 y 68, de 1989, todos del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, c) La ley Nº 18.410 y la resolución Nº 520, de 1996, de la Contraloría General de la República.
R e s u e l v o:
1º.- Reemplázase en el artículo 2º de la resolución exenta Nº 477, del 27.05.97, publicada en el Diario Oficial de fecha 12 de septiembre de 1997, lo siguiente: el Rut correcto de los señores Patricio Araya Núñez, Castelli Noriega Mora y Edwin Poma Luján son 12.419.288-9, 10.722.943-4 y 10.331.486-0, respectivamente.
2º.- La presente resolución entrará en vigencia una vez que haya sido publicada en el Diario Oficial por cuenta del interesado.