COMPLEMENTA LISTA DE BIENES DE CAPITAL CONTENIDA EN EL DECRETO Nº 671, DE 1987
Núm. 790.- Santiago, 1° de Septiembre de 1989.- Vistos: El Informe No. 94 de 28.08.89 del Presidente de la Comisión Técnica a que se refiere el inciso 3° del artículo 4° de la Ley No. 18.634; y Teniendo presente: Lo dispuesto en el inciso 1° del artículo 4° de la Ley No. 18.634.
Decreto:
Agrégase a la lista de mercancías contenida en la letra A) del artículo único del Decreto de Hacienda Nº 671, de 1987, los siguientes bienes de capital:
Partida Descripción Observaciones Arancelaria de las Mercancías
73.16.01.00 Rieles Sólo aquellos que se presenten conjunta mente con las eclisas, anclas y enlaces necesarios para la construcción de una vía férrea. 73.16.89.00 Otros Solamente eclisas, anclas y enlaces que se presenten conjuntamente con los rieles necesarios para la construcción de una vía férrea.