COMPLEMENTA LISTA DE BIENES DE CAPITAL CONTENIDA EN EL DECRETO DE HACIENDA Nº 671, DE 1987
Núm. 654.- Santiago, 28 de Julio de 1989.- Vistos: el Informe No. 68 de 28.07.89. del Presidente de la Comisión Técnica a que se refiere el inciso 3° del artículo 4° de la Ley No. 18.634; y Teniendo presente: lo dispuesto en el inciso 1° del artículo 4° de la Ley No. 18.634,
Decreto:
Agrégase a la lista de mercancías contenida en la letra A) del artículo único del Decreto de Hacienda No. 671, de 1987, los siguientes bienes de Capital:
Partida Descripción de Arancelaria las Mercancías Observaciones
84.54 Otras máquinas y aparatos Solamente de oficina (copiadores Cajeros hectográficos o de clisés, Automáticos máquinas para imprimir direcciones, máquinas para clasificar, contar y encartuchar moneda, aparatos afilalápices, aparatos para perforar y grapar, etc.)