MODIFICA DECRETO Nº. 124, DE 1989
Núm. 205.- Santiago, 07 de Noviembre de 1989.- Visto: El Decreto con Fuerza de Ley No. 279, de 1960, el Decreto Ley No. 557, de 1974 y el Dictamen No. 717/749, de 1989 de la Comisión Preventiva Central, Ley Antimonopolios, Decreto:
Artículo único: Modifícase el Decreto Supremo No. 124, de 09 de Junio de 1989, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, Subsecretaría de Transportes, en los siguientes términos:
1.- En el número 1°, sustitúyese la frase "mediante distintivos de un material que permita su firme adherencia al parabrisas por su parte interna, por la siguiente: "mediante distintivos que se colocarán en el parabrisas por su parte interna," 2.- Sustitúyese el texto de las letras a) y b) del número 1°, por los siguientes: a) El que anuncie el valor de la tarifa de los primeros 800 metros será un círculo de 18 cm. de diámetro, en el cual irá inserto el valor aludido, mediante dígitos de 9 cm. de alto, 3,5 cm. de ancho y 1 cm. de trazo. Dicho valor deberá ser precedido por el signo pesos. Este distintivo estará ubicado en la parte superior del parabrisas y al lado opuesto del conductor. b) El que anuncie el valor de la tarifa de cada tramo de 200 metros adicionales será un cuadrado de 16 cm. por lado. En su parte superior se especificará el valor de la tarifa precedido por el signo pesos y en su parte inferior contendrá la leyenda "c/200 m". Los números de la leyenda correspondiente a la tarifa serán de 9 cm. de alto, 3,5 cm. de ancho y 1 cm. de trazo. En cuanto a las letras y números de la leyenda "c/200 m" serán de 1,5 cm de alto. 1,0 cm. de ancho y 0,3 cm. de trazo. Este distintivo estará ubicado en la parte inferior del parabrisas, al lado opuesto del conductor e inmediatamente debajo del distintivo que anuncia la tarifa de los primeros 800 metros de recorrido.".