COMPLEMENTA INSTRUCCIONES CONTENIDAS EN LA CIRCULAR Nº. 45, DE 1989, SOBRE ARTICULO 23°, Nº. 5°, DEL DECRETO LEY Nº. 825, DE 1974
Núm 50.- Santiago, 15 de Diciembre de 1989. En la Circular No. 45, de 1989, publicada en el Diario Oficial del día 31 de Octubre del mismo año, se impartieron instrucciones respecto de la Ley No. 18.844, la cual en su artículo único permanente sustituyó el No. 5° del artículo 23° del decreto ley No. 825, de 1974, sobre Impuesto a las Ventas y Servidos.
Complementando estas instrucciones, y atendido el espíritu de la disposición legal recién citada, se hace presente que el requisito de estampar en el cheque el número del RUT del emisor de la factura y el número de ésta, también se entenderá cumplido en el caso de cheques que se confeccionen por distintos medios, como computacionales u otros, si tales datos se imprimen o consignan en el anverso del cheque respectivo.-