MODIFICA DECRETO Nº 62, DE 1984
Santiago, 30 de enero de 1998.- Hoy se decretó lo que sigue: Núm. 10.- Visto: El D.S. Nº 62 (V. y U.), de 1984, que reglamenta el Sistema de Postulación, Asignación y Venta de Viviendas destinadas a Atender Situaciones de Marginalidad Habitacional; la ley Nº 16.391, en especial lo dispuesto en su artículo 21 inciso cuarto y las facultades que me confiere el número 8º del artículo 32 de la Constitución Política de la República de Chile, D e c r e t o:
Artículo único.- Modifícase el D.S. Nº 62 (V. y U.), de 1984, en el sentido de reemplazar en los incisos sexto y noveno de su artículo 23 bis, agregado por la letra c) del artículo único del D.S. Nº 70 (V. y U.), de 1995, y modificado por D.S. Nº 145 (V. y U.), de 1995, la expresión "1º de Enero de 1995", por la locución "1º de Enero de 1997".
Por razones de urgencia, la Contraloría General de la República se servirá tomar razón del presente decreto en el plazo de cinco días.