Por resolución exenta del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones Nº 501 de 09.04.98, que se extracta, se asignó en el concurso público correspondiente al 3º Cuatrimestre de 1997, a la Sociedad de Radio y Publicidad Los Lagos Limitada, R.U.T. 78.660.050-2, con domicilio en calle Walker Martínez Nº 425, piso 2º, comuna de Puerto Varas, X Región, una concesión de Radiodifusión Sonora en Frecuencia Modulada, para la localidad de La Ligua, V Región, con las características técnicas siguientes:
- Potencia máxima : 250 Watts. - Frecuencia : 107,5 Mhz. - Sistema radiante : Omnidireccional con polarización circular, conjunto de 4 dipolos dobles en V, de 4,5 dBd. de ganancia y una altura del centro de radiación de 20m, montado sobre una torre de 24 m. de altura. - Ubicación de los estudios : Calle Uribe Nº 163, La Ligua, V Región. - Coordenadas geográficas : 32°26'45" Latitud Sur 71°13'43" Longitud Oeste. - Ubicación de la planta transmisora y sistema radiante : Cerro Pulmahue, La Ligua, V Región. - Coordenadas geográficas : 32°23'22" Latitud Sur 71°14'21" Longitud Oeste. El radioenlace estudio-planta será de 2 Watts de potencia, con una antena de 12,2 dBi. de ganancia. Los plazos para el inicio y término de la construcción de las obras, así como para el inicio del servicio, serán los que se indican a continuación:
Inicio de Obras : 30 días; Término de Obras : 150 días; Inicio de Servicio : 180 días.
Todos estos plazos se cuentan a partir de la fecha de publicación en el Diario Oficial del decreto que otorgue la concesión. La presente publicación se hace de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 13A de la ley Nº 18.168 (Ley General de Telecomunicaciones), a objeto que quien tenga interés en ello pueda reclamar de la resolución exenta del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones Nº 501 de 09.04.98, que se extracta, la cual asignó concesión, dentro del plazo de 10 días hábiles, contados desde la presente publicación. La reclamación deberá presentarse por escrito ante el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, ser fundada, adjuntar todos los medios de prueba que acrediten los hechos que la fundamentan y fijar domicilio dentro del radio urbano de la comuna de Santiago.-