TC Rol 10056
Tribunal Constitucional·Rol 10056
Sumario
0000038 TREINTA Y OCHO Santiago, diez de febrero de dos mil veintiuno. Que consta en autos que el requirente no ha dado cumplimiento a lo ordenado por esta Sala con fecha 22 de enero del año en curso, que rola a fojas 36, y por tanto corresponde hacer efectivo el apercibimiento previsto en el inciso segundo del artículo 82 de la Ley N° 17.997, Orgánica Constitucional de esta Magistratura, por lo que, SE RESUELVE: Que no se acoge a tramitación el requerimiento deducido a fojas 1. Téngase por no presentado para todos los efectos legales. Notifíquese y archívese. Rol N° 10.056-21-INA. Pronunciada por la Primera Sala del Excmo. Tribunal Constitucional, integrada por su Presidente, Ministro señor Iván Aróstica Maldonado y los Ministros señores Juan José Romero Guzmán, José Ignacio Vásquez Márquez, Miguel Ángel Fernández González y Rodrigo Pica Flores. Firma el señor Presidente de la Sala, y se certifica que los demás señores Ministros concurrieron al acuerdo de la presente reso...
Texto completo
0000038 TREINTA Y OCHO Santiago, diez de febrero de dos mil veintiuno. Que consta en autos que el requirente no ha dado cumplimiento a lo ordenado por esta Sala con fecha 22 de enero del año en curso, que rola a fojas 36, y por tanto corresponde hacer efectivo el apercibimiento previsto en el inciso segundo del artículo 82 de la Ley N° 17.997, Orgánica Constitucional de esta Magistratura, por lo que, SE RESUELVE: Que no se acoge a tramitación el requerimiento deducido a fojas 1. Téngase por no presentado para todos los efectos legales. Notifíquese y archívese. Rol N° 10.056-21-INA. Pronunciada por la Primera Sala del Excmo. Tribunal Constitucional, integrada por su Presidente, Ministro señor Iván Aróstica Maldonado y los Ministros señores Juan José Romero Guzmán, José Ignacio Vásquez Márquez, Miguel Ángel Fernández González y Rodrigo Pica Flores. Firma el señor Presidente de la Sala, y se certifica que los demás señores Ministros concurrieron al acuerdo de la presente resolución, pero no firman por no encontrarse en dependencias físicas de esta Magistratura, en cumplimiento de las medidas dispuestas ante la emergencia sanitaria existente en el país. Autoriza la Secretaria del Tribunal Constitucional, señora María Angélica Barriga Meza. Firmado digitalmente por Firmado digitalmente por Iván Enrique Iván Enrique Aróstica María Angélica María Angélica Barriga Meza Aróstica Maldonado Fecha: 2021.02.10 Barriga Meza Fecha: 2021.02.10 14:19:40 Maldonado 14:19:23 -03'00' -03'00' fhg 0000039 TREINTA Y NUEVE Notificaciones Tribunal Constitucional (NMS) De: tribunalconstitucional.cl <seguimiento@tcchile.cl> Enviado el: miércoles, 10 de febrero de 2021 14:38 Para: andresmontenegro.abogado@gmail.com; rgarcia.abogado@gmail.com; ANDRESMONTENEGRO@MORALESYCIA.COM Asunto: Comunica Resolución Rol 10056-21 Datos adjuntos: 48044_1.pdf Sres. Andrés Montenegro Friedl y Rodrigo García Acevedo, por el requirente: Comunico y remito adjunto resolución dictada por esta Magistratura en el proceso Rol N° 10056-21, sobre requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad presentado por Nicolás Olave Valverde respecto de la expresión "en forma absoluta", contenida en el artículo 9°, inciso segundo, de la Ley N° 21.226, que establece un régimen jurídico de excepción para los procesos judiciales, en las audiencias y actuaciones judiciales, y para los plazos y ejercicio de las acciones que indica, por el impacto de la enfermedad Covid-19 en Chile, en el proceso penal RUC N° 1800759559-6, RIT N° 179-2020, seguido ante el Segundo Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago. Atentamente, Secretaria Abogada secretaria@tcchile.cl Tribunal Constitucional Huérfanos 1234, Santiago - Chile 1