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Cochid lexCorpus jurídico chileno
TCinaplicabilidad

INA-STC

Tribunal Constitucional·Rol 10065

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0000219 DOSCIENTOS DIEZ Y NUEVE 2021 REPÚBLICA DE CHILE TRIBUNAL CONSTITUCIONAL ____________ Sentencia Rol 10.065-2021 [24 de agosto de 2021] ____________ REQUERIMIENTO DE INAPLICABILIDAD POR INCONSTITUCIONALIDAD RESPECTO DE LOS ARTÍCULOS 4°, INCISO PRIMERO, DE LA LEY N° 19.886, Y 495, INCISO FINAL, CÓDIGO DEL TRABAJO FINNING CHILE S.A. EN EL PROCESO RIT T-1724-2020, RUC 20-4-0302416-4, SEGUIDO ANTE EL SEGUNDO JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE SANTIAGO VISTOS: Con fecha 7 de enero de 2021, Finning Chile S.A. ha presentado un requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad respecto de los artículos 4°, inciso primero, segunda frase, de la Ley N° 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios; y 495, inciso final, del Código del Trabajo, en el proceso RIT T-1724-2020, RUC 20-4-0302416-4, seguido ante el Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago. Preceptos legales cuya aplicación se impugna El texto de los prec...

Considerandos

  1. Considerando 1

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  2. Considerando 2

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  3. Considerando 3

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  4. Considerando 4

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  5. Considerando 5

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  6. Considerando 6

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  7. Considerando 7

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  8. Considerando 8

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  9. Considerando 9

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  10. Considerando 10

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  11. Considerando 20

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Normas y sentencias citadas

  • citaexternal #cularmente reprochables. Así, por ejemplo, en la Ley N° 20.393, sobre responsabilidad penal de las personas jurídicas, en su artículo 8°, contempla la “prohibició
  • aplicaexternal #primero del artículo 4º de la Ley N° 19.886 y del artículo 495 del Código del Trabajo implicaría para Finning Chile S.A. ver vedada su participación en licitaciones que llamen organismo
  • citaexternal #nido asegurando en distintas normas legales” (STC Rol N° 3570, c. 1°). TERCERO: Según la parte requirente, con la aplicación de los preceptos, se infringen, ent
  • citaexternal #e, un resultado contrario a la Constitución” (STC Rol N° 1061-08, considerandos 8° y 9°). Como se ha visto en el considerando precedente, es precisamente lo que aco
  • citaexternal #previa, tal como se lo hiciere a partir de la STC Rol N° 8820, que la medida de exclusión para participar en procedimientos contractuales con la Administración d
  • citaexternal #ínsecas, entidad, trascendencia ni gravedad” (STC Rol N° 3750, c. 7°). Sanción excesivamente gravosa, que en otros cuerpos normativos se ha reservado respecto d
  • citaexternal #ia del debido proceso. Es por eso que en la causa Rol 2133 se sostuvo “[q]ue, en el proceso laboral aludido precedentemente, la parte demandada y actual requi
  • citaexternal #HO sus derechos en el proceso respectivo (STC Rol N° 1968, c. 32). IV. Aplicación de los criterios antes expuestos en relación al fondo de los cuestionami
  • citaexternal #bido es hacerlo sin razonable justificación” (STC Rol N° 807, c. 22°). 16°. Lo objetado por la requirente es una presunta contradicción entre la sanción de inh
  • citaexternal #bución que le confiere la Carta Fundamental” (STC Rol N° 5419 c. 30°) Se agregó a lo anterior que “para examinar las inconstitucionalidades a que da lugar la ap
  • citaexternal #que surge la clara competencia de este Tribunal” (Rol N° 7703 c. 8°) 25°. En definitiva, la afectación a los derechos del requirente sólo podría plantearse cuan
  • citasentencia #1685 sustantivos del Derecho Público sancionador (STC Rol N° 2264, c. 33°). DÉCIMO SEGUNDO: La primera de las dos razones anunciadas, consiste en que el precepto re
  • citalaw #268636fue incorporado posteriormente el año 2008 por la Ley N° 20.238, en el contexto de una moción parlamentaria orientada a reforzar los derechos laborales, de una man
  • citalaw #213004rtículos 4°, inciso primero, segunda frase, de la Ley N° 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios; y 495, inciso fi
  • citalaw #29427 la Constitución Política de la República y de la Ley N° 17.997, Orgánica Constitucional del Tribunal Constitucional, SE RESUELVE: I. QUE SE ACOGE EL REQUERI
  • citalaw #209169El texto de los preceptos impugnados dispone: “Ley N° 19.866, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios (…) 1 0000220
  • citalaw #29967se proyecta cumplidamente en el artículo 9° de la Ley N° 18.575, orgánica constitucional sobre Bases Generales de la Administración del Estado, al señalar que, en
  • citalaw #213294das, consiste en que el precepto reprochado de la Ley N° 19.885, en relación al artículo 294 bis, y 495 del Código del Trabajo, faculta a la Dirección del Trabajo