TC Rol 10101
Tribunal Constitucional·Rol 10101
Sumario
0000013 TRECE Santiago, diez de febrero de dos mil veintiuno. Que consta en autos que el requirente no ha dado cumplimiento a lo ordenado por esta Sala con fecha 20 de enero del año en curso, que rola a fojas 11, y por tanto corresponde hacer efectivo el apercibimiento previsto en el inciso segundo del artículo 82 de la Ley N° 17.997, Orgánica Constitucional de esta Magistratura, por lo que, SE RESUELVE: Que no se acoge a tramitación el requerimiento deducido a fojas 1. Téngase por no presentado para todos los efectos legales. Notifíquese y archívese. Rol N° 10.101-21-INA. Pronunciada por la Primera Sala del Excmo. Tribunal Constitucional, integrada por su Presidente, Ministro señor Iván Aróstica Maldonado y los Ministros señores Juan José Romero Guzmán, José Ignacio Vásquez Márquez, Miguel Ángel Fernández González y Rodrigo Pica Flores. Firma el señor Presidente de la Sala, y se certifica que los demás señores Ministros concurrieron al acuerdo de la presente resolución, p...
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0000013 TRECE Santiago, diez de febrero de dos mil veintiuno. Que consta en autos que el requirente no ha dado cumplimiento a lo ordenado por esta Sala con fecha 20 de enero del año en curso, que rola a fojas 11, y por tanto corresponde hacer efectivo el apercibimiento previsto en el inciso segundo del artículo 82 de la Ley N° 17.997, Orgánica Constitucional de esta Magistratura, por lo que, SE RESUELVE: Que no se acoge a tramitación el requerimiento deducido a fojas 1. Téngase por no presentado para todos los efectos legales. Notifíquese y archívese. Rol N° 10.101-21-INA. Pronunciada por la Primera Sala del Excmo. Tribunal Constitucional, integrada por su Presidente, Ministro señor Iván Aróstica Maldonado y los Ministros señores Juan José Romero Guzmán, José Ignacio Vásquez Márquez, Miguel Ángel Fernández González y Rodrigo Pica Flores. Firma el señor Presidente de la Sala, y se certifica que los demás señores Ministros concurrieron al acuerdo de la presente resolución, pero no firman por no encontrarse en dependencias físicas de esta Magistratura, en cumplimiento de las medidas dispuestas ante la emergencia sanitaria existente en el país. Autoriza la Secretaria del Tribunal Constitucional, señora María Angélica Barriga Meza. Firmado digitalmente por Iván Enrique Iván Enrique Aróstica Firmado digitalmente por Aróstica Maldonado María Angélica María Angélica Barriga Fecha: 2021.02.10 14:20:47 Meza Maldonado -03'00' Barriga Meza Fecha: 2021.02.10 14:21:10 -03'00' fhg 0000014 CATORCE notificaciones Tribunal Constitucional (MOO) De: tribunalconstitucional.cl <seguimiento@tcchile.cl> Enviado el: miércoles, 10 de febrero de 2021 15:01 Para: jra.ryc@gmail.com; RODRIGUEZCABROLIERABOGADOS@GMAIL.COM Asunto: Comunica Resolución Rol 10101-21 Datos adjuntos: 48047_1.pdf Sr. John Patrick Rodríguez Adonis por la requirente Comunico y remito adjunto resolución dictada por esta Magistratura en el proceso Rol N° 10101-21-INA, sobre requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad presentado por John Patrick Rodríguez Adonis respecto del artículo 3°, inciso primero, de la Ley Nº 21.295, que establece un segundo retiro de fondos de pensiones, en el proceso RIT Z-88-2013, sobre cumplimiento de alimentos, seguido ante el Juzgado de Familia de Puente Alto. Ruego acusar recibo Atentamente, Secretaria Abogada secretaria@tcchile.cl Tribunal Constitucional Huérfanos 1234, Santiago - Chile 1